martes, 8 de septiembre de 2009

TEMAS LABORALES

TEMAS LABORALES MATERIAL DE TRABAJO PRÁCTICO
PROFESORA Maria Leites Diez

Reclamos ante la Inspección del trabajo

MULTA

En qué consiste?
La Multa es una sanción administrativa aplicada por un fiscalizador del Trabajo, al constatar una infracción a la legislación laboral, previsional, de salud y o higiene y seguridad.
¿ Qué es lo que debo hacer?
El empleador sancionado con multa administrativa puede reclamar de ella a través de las siguientes vías :
Vía Administrativa : El empleador que no recurrió a la vía judicial, podrá solicitar dentro del plazo de treinta días corridos la reconsideración de la multa, que se deje sin efecto o se rebaje, según el caso.
Vía Judicial : La resolución que aplique la multa administrativa podrá ser reclamada por el afectado ante el Juez de Letras del Trabajo, dentro de los quince días corridos, contados desde la fecha de notificación de la multa y habiendo pagado en arcas fiscales la tercera parte de la multa que se reclama, acompañándose a la demanda el comprobante de dicho depósito.
IMPORTANTE
Si el empleador optó por ejercer la vía judicial de reclamación de multa, no puede solicitar la reconsideración administrativa para que se deje sin efecto o se rebaje la multa.
Requisitos para una reconsideración:
Que se acredite fehacientemente haber dado íntegro cumplimiento a las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivó la sanción;
Que aparezca de manifiesto que se ha incurrido en un error de hecho al imponerse la multa
Si dentro de quince días de notificada la multa, el empleador corrige la infracción a satisfacción de la Dirección del Trabajo y así lo acredita en forma suficiente ( normalmente en forma documental), el monto de ella se rebajará al menos en un cincuenta por ciento, sin perjuicio del derecho de solicitar a la misma Dirección una reconsideración por el monto total. En este caso el afectado deberá acompañar los antecedentes o documentos que permitan acreditar tal circunstancia.
La multa es notificada por carta certificada, para todos los efectos legales se entiende notificada al sexto día hábil contado desde la fecha de su recepción por la oficina de Correos respectiva, de lo que se dejará constancia por escrito. Desde el día siguiente se cuentan los treinta días.
Eventualmente las multas pueden ser notificadas personalmente por un funcionario de la Dirección del Trabajo al domicilio que aparezca de los antecedentes propios de la actuación de que se trate o aquel que conste en los registros de la Dirección del Trabajo.
¿Dónde tengo que ir?
La solicitud de reconsideración administrativa, en la cual se pide que se rebaje o se deje sin efecto la multa, debe ser ingresada en la Oficina de Parte de la Inspección del Trabajo que constató y aplicó la multa respectiva, individualizando claramente la resolución de multa que se reconsidera, según se indica en Formulario de Solicitud de Reconsideración respectivo (F10).
¿Qué debo llevar?
Para éste trámite, el afectado deberá acompañar a la solicitud de reconsideración, todos los antecedentes y documentos que permitan acreditar la corrección de la infracción que motivó la sanción.
Ejemplo: si la sanción fue no escriturar contratos de trabajo, presentación de los mismos firmados por los trabajadores involucrados.
Notificado del cobro de la(s) multa(s) respectiva, podrá utilizarse ( sólo durante 45 días siguientes a la notificación) un mecanismo simple y directo que es pagar el respectivo monto ante la Tesorería General de la República, empleando para ello el Formulario N° 10.
Dicho pago debe efectuarse en las Tesorerías Comunales o en las instituciones financieras que tengan convenio de pago. Posteriormente dentro de los mismos 45 días, DEBERA ACREDITARSE EL PAGO en la Unidad Jurídica de la Inspección del trabajo indicada. Si dentro de los 45 días señalados NO ocurriere ( el pago y la acreditación) y No existieran recursos pendientes, será publicada en el Boletín de Infractores a la Legislación Laboral y Previsional y se remitirá la(s) multa(s) a la Tesorería General de la República para su cobro.
Recuerde qué:
El plazo para presentar la solicitud por escrito para que se deje sin efecto o se rebaje la multa por la Vía Administrativa es de treinta díascorridos, contados desde la notificación de la resolución que la aplicó.

RECLAMO
Reclamo
¿Qué es un reclamo?
¿En qué consiste?
¿Donde tengo que ir?
¿Qué debo llevar?
No olvide que:
¿En qué consiste?
Es un trámite que un trabajador o un grupo de ellos puede realizar ante la Inspección del Trabajo cuando la relación laboral se encuentra terminada y su empleador le(s) adeuda beneficios laborales y/ o previsionales.
¿Donde tengo que ir?
A la Inspección del Trabajo de la jurisdicción en la que se encuentra ubicada la empresa a la cual prestaba servicios y poner un reclamo que le será tomado por escrito en la Unidad de Atención de Público de la misma Inspección.
¿Qué debo llevar?
El trabajador deberá llevar:
su cédula de identidad
su contrato de trabajo ( en lo posible )
últimas liquidaciones de sueldo u otro documento que aporte la mayor cantidad de datos de identificación de su empleador.
Para interponer reclamo el trabajador debe (en lo posible), conocer claramente la información sobre su empleador o patrón, tal como:
Nombre o razón social
Rut de la Empresa
Dirección de la Empresa
Nombre del Representante legal
Dirección del representante legal
El reclamo origina citación al empleador con el objeto que concurra a la Inspección respectiva a un comparendo de conciliación ante un fiscalizador, en el que deberá presentar toda la documentación requerida en citación y en el que deberá estar presente el trabajador o reclamante.
Si el trabajador afectado no pudiese concurrir al comparendo, puede autorizar a otra persona ( cónyuge, familiar, amigo, abogado, directores sindicales, etc), con poder simple , para que lo represente en dicho acto, solamente para los efectos de excusar su inasistencia y/o solicitar prórroga.
Si lo hace con poder suficiente, esto es, que conste por escrito y con la facultad expresa de transigir ( tomar decisiones a nombre de quien representa) o percibir ( habilitado para cobrar y recibir dineros o especies valoradas, que se acuerden pagar o entregar en el comparendo o en una fecha posterior), el representante podrá actuar ampliamente en la audiencia.
El comparendo de conciliación se desarrolla en una oficina de la Unidad de Comparendo de la Inspección respectiva.
En el comparendo de conciliación, se plantean todos los aspectos reclamados por el trabajador y se resuelven en derecho.
El empleador debe efectuar los descargos pertinentes presentando toda la documentación solicitada en la citación:
Copia de contrato (s) de trabajo
Liquidaciones de sueldo del trabajador (s)
Libro control de Asistencia o tarjetas ( otros)
Libro Auxiliar de Remuneraciones
Planilla de imposiciones del período reclamado
Comprobantes de Vacaciones
Otra documentación que se le solicitare
El objetivo del comparendo, originado por el reclamo, busca llegar a un avenimiento total y definitivo en esta instancia administrativa, sin vulnerar los derechos irrenunciables de las partes.
En otras palabras lo que aquí se busca es que las partes involucradas ( trabajador y empleador ), lleguen a un acuerdo definitivo que los deje plenamente satisfechos.
De no lograrse un acuerdo el trabajador deberá recurrir a los Tribunales del Trabajo e interponer allí una demanda, si lo estimare procedente.
Para ello dispone de sesenta días hábiles, contados desde la separación, plazo que se suspende, cuando el trabajador interpone un reclamo ante la Inspección del Trabajo respectiva. Sin embargo la Acción judicial no podrá interponerse, en ningún caso, después de noventa días hábiles de terminada la relación laboral.
No olvide que:
El objetivo del comparendo de conciliación es obtener un acuerdo definitivo que deje plenamente satisfecho a los involucrados evitando llegar a Tribunales.


RECLAMO DE MULTA


Procedimiento de Reclamo de Multa
¿Qué es un Reclamo de Multa?
¿ En qué consiste?
¿ Qué es lo que debo hacer?
Requisitos para una reconsideración:
¿Dónde tengo que ir?
¿Qué debo llevar?
Recuerde qué:
¿ En qué consiste?
La Multa es una sanción administrativa aplicada por un fiscalizador del Trabajo, al constatar una infracción a la legislación laboral, previsional, de salud y o higiene y seguridad.
¿ Qué es lo que debo hacer?
El empleador sancionado con multa administrativa puede reclamar de ella a través de las siguientes vías :
Vía Administrativa : El empleador que no recurrió a la vía judicial, podrá solicitar dentro del plazo de treinta días corridos la reconsideración de la multa, que se deje sin efecto o se rebaje, según el caso.
Vía Judicial : La resolución que aplique la multa administrativa podrá ser reclamada por el afectado ante el Juez de Letras del Trabajo, dentro de los quince días corridos, contados desde la fecha de notificación de la multa y habiendo pagado en arcas fiscales la tercera parte de la multa que se reclama, acompañándose a la demanda el comprobante de dicho depósito.
IMPORTANTE
Si el empleador optó por ejercer la vía judicial de reclamación de multa, no puede solicitar la reconsideración administrativa para que se deje sin efecto o se rebaje la multa.
Requisitos para una reconsideración:
Que se acredite fehacientemente haber dado íntegro cumplimiento a las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivó la sanción;
Que aparezca de manifiesto que se ha incurrido en un error de hecho al imponerse la multa
Si dentro de quince días de notificada la multa, el empleador corrige la infracción a satisfacción de la Dirección del Trabajo y así lo acredita en forma suficiente ( normalmente en forma documental), el monto de ella se rebajará al menos en un cincuenta por ciento, sin perjuicio del derecho de solicitar a la misma Dirección una reconsideración por el monto total. En este caso el afectado deberá acompañar los antecedentes o documentos que permitan acreditar tal circunstancia.
La multa es notificada por carta certificada, para todos los efectos legales se entiende notificada al sexto día hábil contado desde la fecha de su recepción por la oficina de Correos respectiva, de lo que se dejará constancia por escrito. Desde el día siguiente se cuentan los treinta días.
Eventualmente las multas pueden ser notificadas personalmente por un funcionario de la Dirección del Trabajo al domicilio que aparezca de los antecedentes propios de la actuación de que se trate o aquel que conste en los registros de la Dirección del Trabajo.
¿Dónde tengo que ir?
La solicitud de reconsideración administrativa, en la cual se pide que se rebaje o se deje sin efecto la multa, debe ser ingresada en la Oficina de Parte de la Inspección del Trabajo que constató y aplicó la multa respectiva, individualizando claramente la resolución de multa que se reconsidera, según se indica en Formulario de Solicitud de Reconsideración respectivo (F10).
¿Qué debo llevar?
Para éste trámite, el afectado deberá acompañar a la solicitud de reconsideración, todos los antecedentes y documentos que permitan acreditar la corrección de la infracción que motivó la sanción.
Ejemplo: si la sanción fue no escriturar contratos de trabajo, presentación de los mismos firmados por los trabajadores involucrados.
Notificado del cobro de la(s) multa(s) respectiva, podrá utilizarse ( sólo durante 45 días siguientes a la notificación) un mecanismo simple y directo que es pagar el respectivo monto ante la Tesorería General de la República, empleando para ello el Formulario N° 10.
Dicho pago debe efectuarse en las Tesorerías Comunales o en las instituciones financieras que tengan convenio de pago. Posteriormente dentro de los mismos 45 días, DEBERA ACREDITARSE EL PAGO en la Unidad Jurídica de la Inspección del trabajo indicada. Si dentro de los 45 días señalados NO ocurriere ( el pago y la acreditación) y No existieran recursos pendientes, será publicada en el Boletín de Infractores a la Legislación Laboral y Previsional y se remitirá la(s) multa(s) a la Tesorería General de la República para su cobro.
Recuerde qué:
El plazo para presentar la solicitud por escrito para que se deje sin efecto o se rebaje la multa por la Vía Administrativa es de treinta díascorridos, contados desde la notificación de la resolución que la aplicó.

Modelo de Aviso de Término de
Contrato de Trabajo

Santiago, …..De.. ……………… de 2....... .-

SEÑOR (A):
...........................................
PRESENTE

Estimado señor(a):
Nos permitimos comunicar que, con esta fecha, …… de …………….. de 2......., se ha resuelto poner término al contrato de trabajo que lo vincula con la empresa, por la causal del artículo ……., número (o inciso) …., del Código del Trabajo, esto es, ……………………………………………………………………………………..
Los hechos en que se funda la causal invocada consisten en que: ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

Informo que sus cotizaciones previsionales se encuentran al día. Además, le adjuntamos certificado de cotizaciones (o copia de las planillas de declaración y pago simultáneo) de las entidades de previsión a las que se encuentra afiliado, que dan cuenta que las cotizaciones previsionales, del período trabajado, se encuentran pagadas.

Saluda a usted,


............................................
EMPLEADOR


Recibí copia de la presente carta

...........................................
FIRMA DEL TRABAJADOR

Nota: Este aviso debe entregarse personalmente al trabajador, quien deberá firmar una copia del mismo, o enviarse por Correo Certificado al último domicilio que tiene registrado la empresa, en el plazo de tres días hábiles, o seis días hábiles cuando se invoque causa fortuita o fuerza mayor, ambos contado desde que deja de pertenecer a la empresa, considerándose el sábado como día hábil, o de treinta días a lo menos cuando sea aplicada como causal las señaladas en el Artículo 161 del Código del Trabajo. Copia de este aviso debe remitirse a la Inspección del Trabajo, en los mismos plazos señalados.
Modelo de Contrato de Trabajo de Trabajador Administrativo
En …………………………, a ................. de ..................... de 20...... entre (nombre o razón social)....................................................................…………, R.U.T………………, representado(a) legalmente por don(a)………………………………………………., cédula de identidad……………….., ambos con domicilio en ......................................................................... comuna de ……………., en adelante el "Empleador" y don ......................................................... de nacionalidad ..................................................., nacido el .......de..........….de............., domiciliado en ................................................, comuna de..........., RUT ........................................, proveniente de………………….., en adelante "Trabajador". Se ha convenido el siguiente Contrato Individual de Trabajo:
PRIMERO : El trabajador se compromete y obliga a prestar servicios como ................................................. u otro trabajo o función similar, que tenga directa relación con el cargo ya indicado, en el Departamento (Sección) ..........................................., ubicado en ............................................. , comuna de ……….., pudiendo ser trasladado a otro Departamento o Sección de la Oficina Principal o de cualquiera de las Agencias del Empleador, a condición que se trate de labores similares, en la misma ciudad, y sin que ello importe menoscabo para el trabajador, todo ello sujeto a las necesidades operativas de la Empresa.
SEGUNDO : JORNADA DE TRABAJO
El trabajador cumplirá una jornada semanal ordinaria de ................. horas, de acuerdo a la siguiente distribución diaria: lunes a ................................, de ....................... a ....................... horas. La jornada de trabajo será interrumpida con un descanso de ................................minutos, entre las ....................... y las ....................... horas, destinados a la colación, tiempo que será de cargo del ....................................................
TERCERO : Cuando por necesidades de funcionamiento de la Empresa, sea necesario pactar trabajo en tiempo extraordinario, el Empleado que lo acuerde desde luego se obligará a cumplir el horario que al efecto determine la Empleadora, dentro de los límites legales. Dicho acuerdo constará por escrito y se firmará por ambas partes, previamente a la realización del trabajo.
A falta de acuerdo, queda prohibido expresamente al Empleado trabajar sobretiempo o simplemente permanecer en el recinto de la Empresa, después de la hora diaria de salida, salvo en los casos a que se refiere el inciso precedente.
El tiempo extraordinario trabajado de acuerdo a las estipulaciones precedentes, se remunerará con el recargo legal correspondiente y se liquidará y pagará conjuntamente con la remuneración del respectivo período.
CUARTO : El empleado percibirá un sueldo de $ ................ (..................................................) mensuales, pagaderos por meses vencidos.
Las deducciones que la Empleadora podrá según los casos - practicar a las remuneraciones, son todas aquéllas que dispone el artículo 58 del Código del Trabajo.
QUINTO : El trabajador, asimismo, acepta y autoriza al Empleador para que haga las deducciones que establecen las leyes vigentes y, para que le descuente el tiempo no trabajado debido a atrasos, inasistencias o permisos y, además, la rebaja del monto de las multas establecidas en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, en caso que procedieren.
SEXTO : La Empresa se obliga a pagar al empleado una gratificación anual equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del total de las remuneraciones mensuales que éste hubiere percibido en el año, con tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales.
Esta gratificación se calculará, liquidará y anticipará mensualmente en forma coetánea con la remuneración del mes respectivo, siendo cada abono equivalente a la doceava parte de la gratificación anual.
La gratificación así convenida es incompatible y sustituye a la que resulte de la aplicación de los artículos 47 y siguientes del Código del Trabajo, siempre que esta última fuere igual o inferior a aquélla. En caso contrario, se abonará la diferencia.
Para los efectos de cotejar la gratificación convenida en esta cláusula con la que, según la ley, eventualmente podría corresponder al Empleado, los valores anticipados mensualmente se reajustarán en conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Código del Trabajo, y se entenderá que fueron abonados con carácter de anticipos de dichas gratificaciones legales.
Con todo, si las sumas anticipadas a título de gratificación convencional resultaren mayores que las que legalmente correspondieren al Empleador, el exceso se consolidará en su beneficio.
OCTAVO : El empleador se compromete a otorgar o suministrar al trabajador los siguientes beneficios: a) ...........................................b).........................................c)……………….............
El trabajador se obliga y compromete expresamente a cumplir las instrucciones que le sean impartidas por su jefe inmediato o por la Gerencia de la empresa y, acatar en todas sus partes las disposiciones establecidas en el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad las que declara conocer y que, para estos efectos se consideran parte integrante del presente contrato, reglamento del cual el trabajador recibe un ejemplar en este acto.
NOVENO : Las partes acuerdan en este acto que los atrasos reiterados, sin causa justificada, de parte del trabajador, se considerarán incumplimiento grave de las obligaciones que impone el presente contrato y darán lugar a la aplicación de la caducidad del contrato, contemplada en el art. .160 Nº7 del Código del Trabajo
Se entenderá por atraso reiterado el llegar después de la hora de ingreso durante ......................... días seguidos o no, en cada mes calendario. Bastará para acreditar esta situación la constancia en el respectivo Control de Asistencia.
DECIMO : El presente contrato regirá .............................................. pero cualquiera de las partes, o ambas, según el caso, podrán ponerle término en cualquier momento con arreglo a la ley.
DECIMO PRIMERO : Para todas las cuestiones a que eventualmente pueda dar origen este contrato, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago.
DECIMO SEGUNDO : Se deja constancia que el Empleado ingresó al servicio de la Empresa con fecha ......de ……….........de 20......
El presente contrato se firma en dos ejemplares, quedando en este mismo acto uno en poder de cada contratante.




............................................
FIRMA EMPLEADOR
RUT............................................
............................................
FIRMA TRABAJADOR
RUT............................................

































REQUISITOS ESPECÍFICOS QUE DEBEN CONSTAR EN UN FINIQUITO



I. INGRESO DE ANTECEDENTES___________________________________________________


Fecha de Inicio Relación Laboral:______________________________________________
Fecha Término Relación Laboral: ______________________________________________
Fecha de Pago del Finiquito:__________________________________________________
Causal de Término del Contrato: ______________________________________________
________________________________________________________
____________________________________________________
II. BENEFICIOS QUE SE PAGARAN EN EL FINIQUITO _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
A. REMUNERACIONES PENDIENTES Y ASIGNACIONES NO IMPONIBLES PENDIENTES ____________________________________________________________________________________________________________________________________
A.1 AFILIACIONES __________________________________________________________
INP ______________________________________________________________
INP
AFP: ___________________________________________________________________
Isapre: __________________________________________________________________
Días con Derecho a Remuneración: ____________________________________________
AF Cesantía: _____________________________________________________________
A.2 REMUNERACIONES Y ASIGNACIONES DEVENGADAS ________________________
Remuneraciones pendientes del último mes:______________________________________
Remuneraciones pendientes de otros meses:______________________________________


















B. INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL AVISO PREVIO


__________________________
B.1 FECHA DE NOTIFICACIÓN DEL AVISO: ____________________________________
Fecha de Notificación: _____________________________________________________
Sin aviso:_______________________________________________________________
B.2 REMUNERACIONES Y ASIGNACIONES DEVENGADAS CORRESPONDIENTES AL ÚLTIMO MES TRABAJADO_____________________________________________________
B.2.1 Remuneraciones Fijas__________________________________________________
Sueldo Base: ____________________________________________________________
Gratificación:____________________________________________________________
Semana corrida: ________________________________________________________
Bono o asignación fijo imponible: ____________________________________________
B.2.2 Remuneraciones Variables:______________________________________________
B.2.3 Asignaciones No Imponibles ____________________________________________


































C. INDEMNIZACIÓN LEGAL POR AÑOS DE SERVICIO

___________________________
C.1 REMUNERACIONES Y ASIGNACIONES DEVENGADAS CORRESPONDIENTES AL ULTIMO MES TRABAJADO_____________________________________________________
C.1.1 Remuneraciones Fijas__________________________________________________
Sueldo Base: ____________________________________________________________
Gratificación:____________________________________________________________
Semana corrida: __________________________________________________________
Bono o asignación fijo imponible: ____________________________________________
C.2.2 Remuneraciones Variables:______________________________________________
C.1.3 Asignaciones No Imponibles ____________________________________________






D. INDEMNIZACION PACTADA CONTRACTUALMENTE _________________________
D.1 DIAS DE REMUNERACION POR AÑO ______________________________________
DEVENGADAS CORRESPONDIENTES AL ULTIMO MES CALENDARIO TRABAJADO________________________________________




















E. FERIADO ANUAL PENDIENTE_____________________________________________
E.1 DIAS HABILES PENDIENTES _____________________________________________
. Básico:_________________________________________________________________
. Progresivo:______________________________________________________________

E.2 JORNADA DE TRABAJO _________________________________________________
. Número de horas ordinarias semanales: ________________________________________
. Número de días que incluye la jornada: ________________________________________

E.3 REMUNERACIONES Y ASIGNACIONES DEVENGADAS CORESPONDIENTES AL ULTIMO MES TRABAJADO_____________________________________________________
E.3.1 Remuneraciones Fijas__________________________________________________
. Sueldo Base: ____________________________________________________________
. Gratificación:____________________________________________________________
. Semana corrida: __________________________________________________________
. Bono o asignación fijo imponible: ____________________________________________

E.3.2 Remuneraciones Variables:______________________________________________



































F. FERIADO PROPORCIONAL __________________________________________
F.1 FERIADO PROGRESIVO ACREDITADO_____________________________________
Número de días:__________________________________________________________
F.2 JORNADA DE TRABAJO _________________________________________________
. Número de horas ordinarias semanales: ________________________________________
. Número de días que incluye la jornada: ________________________________________

F.3 REMUNERACIONES Y ASIGNACIONES DEVENGADAS CORESPONDIENTES AL ULTIMO MES TRABAJADO_____________________________________________________
F.3.1 Remuneraciones Fijas__________________________________________________
. Sueldo Base: ____________________________________________________________
. Gratificación:____________________________________________________________
. Semana corrida: __________________________________________________________
. Bono o asignación fijo imponible: ____________________________________________

F.3.2 Remuneraciones Variables:_____________________________________________
RESULTADOS ____________________________________________________________________
. Monto de los Beneficios: ___________________________________________________
. Indemnización Voluntaria: __________________________________________________
. Total Finiquito: __________________________________________________________
. Reajustes:_______________________________________________________________
. Intereses: _______________________________________________________________
. Total a pagar: ____________________________________________________________

GLOSARIO _______________________________________________________________________
. Remuneraciones devengadas:________________________________________________
. Remuneraciones imponibles: ________________________________________________
. Asignaciones no imponible:_________________________________________________
. Remuneraciones Fijas:_____________________________________________________
. Remuneraciones variables:__________________________________________________
. Mes calendario: __________________________________________________________
. Acreditación de feriado progresivo: ___________________________________________
. Feriado proporcional:______________________________________________________
. Feriado anual: ___________________________________________________________
. Feriado progresivo: _______________________________________________________

No hay comentarios:

Publicar un comentario